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Ciencia Actuarial I

Across
Aportación económica que ha de satisfacer el contratante a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación por la cobertura de riesgo que esta le ofrece.
Característica del riesgo que fundamenta que el mismo debe provenir de un acto o acontecimiento ajeno a la voluntad humana de producirlo.
Valor atribuido por el titular de un contrato de seguro a los bienes cubiertos por la póliza.
Porcentaje o tanto por mil que se aplica sobre el capital asegurado para obtener la prima de riesgo.
Es la unidad más básica de la prima. Significa el coste real del riesgo, sin tener en cuenta sus gastos de gestión ni otros conceptos.
Posible ocurrencia por azar de un acontecimiento que produce una necesidad económica y cuya aparición real o existencia se proviene y garantiza en la póliza y obliga al asegurador a efectuar la prestación que le corresponde
Es el valor que se adquiere al considerar el precio por el que se pueda conseguir un bien de características similares al ocurrir un siniestro.
Down
Es la prima formada por la prima pura de riesgo más recargos para gastos generales de gestión y administración, gastos de adquisición, gastos de cobranza de las primas, etc.
Es aquella prima que permanece invariable durante la vigencia del riesgo.
Sistema obligatorio de cobertura que, arbitrado por el Estado, está dirigido al bienestar y protección de los ciudadanos.
Es el valor de común acuerdo entre el asegurador y el asegurado.
Se obtiene al sumarle a la prima comercial, los gravámenes complementarios que procedan, como impuestos, recargo por aplazamiento de pago, etc.
Operación en virtud de la cual, una parte se hace acreedor mediante el pago de una remuneración de una prestación que habrá de satisfacerle la otra parte en caso de que se produzca un siniestro.
Principio básico y característico de todos los contratos que obliga a las partes a actuar entre sí con máxima autoridad.